La Delegación del Rector para la Responsabilidad Social Universitaria, a través del Secretariado de Asuntos Sociales, convoca sus ayudas para estudiantes con dificultades socioeconómicas u otras circunstancias sociales que hagan peligrar la continuidad de sus estudios. La solicitud se tramita a través de un procedimiento específico de la sede electrónica

La Convocatoria posee cuatro modalidades de ayuda:

  • Ayuda económica de emergencia social destinada a afrontar, principalmente, gastos de matrícula de quienes no cuentan con otras ayudas públicas al estudio.
  • Ayuda a estudiantes con discapacidad y en situación acreditada de dependencia que utilizan servicios de asistencia personal en el ámbito académico.
  • Ayudas para afrontar los gastos de estudiantes con hijos a cargo que acuden a guardería o escuela infantil.
  • Ayuda para atender situaciones de violencia de género, destinada a estudiantes cuya situación vivida repercute fehacientemente en el desarrollo académico y socioeconómico familiar.

En la valoración de estas ayudas se tiene en cuenta los requisitos establecidos en la convocatoria y la situación acreditada por cada estudiante que la solicita. Se establecen como criterios principales de concesión: la dificultad económica de la persona solicitante, su situación social y familiar, así como su grado de aprovechamiento académico. De este modo, son valoradas las situaciones en las que, habiendo un aprovechamiento académico, el estado económico familiar es claramente insuficiente para posibilitar los estudios universitarios del solicitante.

Cada convocatoria establece un plazo ordinario para presentar solicitudes. No obstante, en circunstancias especiales de emergencia social que determinará la Comisión de Asuntos Sociales, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria, se podrán atender solicitudes presentadas fuera de plazo. Con ello, la Delegación del Rector para la Responsabilidad Social Universitaria trabaja para que ningún estudiante, con suficiente aprovechamiento académico, abandone sus estudios universitarios por motivos sociales o económicos.

PLAZO PARA SOLICITAR ESTAS AYUDAS (CURSO 2024/2025): se establecen 15 días hábiles a contar desde el día de la publicación de la convocatoria en el Tablón electrónico de anuncios de la Sede Electrónica – Estudiantes: Haz clic sobre este texto para Acceder al Tablón de la Sede electrónica  

Procedimiento para solicitar la ayuda a estudiantes de la UVa con dificultades socioeconómicas

Preguntas y dudas frecuentes

https://sede.uva.es Para ello, deberás acceder en la Web de la Sede a los apartados: Catálogo de procedimientos > Estudiantes > Ayudas económicas para estudiantes de la UVa con especiales dificultades socioeconómicas > Iniciar trámite Para acceder al trámite, es preciso autenticarse mediante con su clave de usuario y contraseña de la UVa o con certificado digital. Una vez elegida la modalidad de Ayuda social que solicitas, el procedimiento electrónico consta de 2 apartados: 1. Cumplimentar la Solicitud y 2. Adjuntar la documentación que acredita la situación socioeconómica en la que te encuentras. Firma con tus claves UVa la solicitud ¡NO te olvides de firmar y tramitar electrónicamente tu solicitud! Una vez presentada la solicitud y la documentación que la acompaña, podrás obtener el resguardo de tu solicitud en la «Carpeta ciudadana» de la sede electrónica, en el apartado «Mis trámites». Conserva el resguardo para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de tu solicitud en el plazo y forma establecidos. Excepcionalmente, además de por el procedimiento previsto en el apartado anterior, podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El impreso correspondiente, junto con la convocatoria, se encontrará disponible en el Tablón electrónico de anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid [www.uva.es – Sede Electrónica – Tablón de Anuncios – Estudiantes].

Estudiantes de la UVa con especiales dificultades socioeconómicas, o con otras circunstancias sociales que interfieran en la continuidad de sus estudios, matriculados/as en el curso académico VIGENTE en enseñanzas universitarias conducentes a títulos de Grado o Máster universitario oficiales. Los/las estudiantes de tercer ciclo. pueden optar a algunas de las modalidades (Ej.- ayuda de guardería, violencia de género, discapacidad).

  • Como criterio general, la cuantía tendrá un importe máximo de 900 euros, por estudiante y convocatoria.
  • En los casos de estudiantes de Grado y Doctorado, debido a las causas sobrevenidas y agravantes de la situación, debidamente acreditadas documentalmente, la Comisión podrá complementar la cuantía general de la ayuda, hasta el importe total de la matrícula.
  • En los casos de estudiantes de Máster Oficial, como criterio general, la cuantía no superará el 40% del total de la matrícula como máximo.
  • En todos los casos anteriormente citados en este apartado, en los que la persona solicitante resida durante el curso vigente en un alojamiento situado en alguno de los campus de la UVa distinto de su domicilio familiar/habitual se podrá contribuir a la financiación de los costes  suplementarios de alojamiento y manutención, incrementando la cuantía máxima indicada. A tal efecto, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: número de meses restantes para finalizar el curso, coste de alojamiento y manutención fuera del domicilio familiar, así como las demás situaciones socioeconómicas sobrevenidas.

No, uno de los requisitos para su obtención es no disfrutar de otras becas y ayudas públicas al estudio (desde el Ministerio de Universidades, la Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial, la UVa, etc.), otorgada para la misma finalidad.

Ningún estudiante podrá percibir más de una ayuda o beca durante el mismo curso académico, aunque realice simultáneamente otros estudios.
Las ayudas convocadas por esta Resolución son incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma finalidad que puedan recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas, salvo lo establecido en el apartado d) de la modalidad II.
No se considerarán incompatibles las ayudas de esta convocatoria con las becas Erasmus, Tempus y otras de análoga naturaleza convocadas por cualquier Administración o entidad pública para la movilidad nacional o internacional de los estudiantes.

Para obtener la ayuda será preciso acreditar una matrícula, sin posibilidad de anulación posterior alguna, del número de créditos establecidos en las Normas de progreso y permanencia de los estudiantes de la Universidad de Valladolid (Aprobadas por el Consejo Social en sesión de 25 de mayo de 2022, BOCyL núm. 105 de 2 de junio), tanto en el curso para el que se solicita la ayuda como en el inmediato anterior, o último realizado, salvo para estudiantes que inicien y/o estén finalizando sus estudios y no se hayan podido matricular de este mínimo fijado. Esta última situación se atenderá por una sola vez, y sin perjuicio de lo previsto en las letras i) y j) de la presente base.

 

Con excepción de quienes se matriculen por primera vez de estudios de grado, los solicitantes deberán haber superado, al menos, el 50% de las asignaturas o créditos matriculados, excepto en enseñanzas técnicas en las que se exigirá al menos el 40%, en el curso inmediatamente anterior o en el último curso matriculado en estudios universitarios.

Los solicitantes deberán adjuntar el impreso de la solicitud debidamente cumplimentado, la acreditación documental de los ingresos económicos regulares de todos los miembros computables de la unidad familiar que posean ingresos durante el vigente curso académico, la acreditación documental de la situación de vulnerabilidad económica sobrevenida (ver página 7 y siguientes de la convocatoria), una copia completa de la Declaración de IRPF del último ejercicio (o bien justificantes de los ingresos percibidos que no haya obligación de declarar), una copia del Libro de Familia en la que figuren todos los miembros de la Unidad familiar y otra documentación complementaria según cada caso particular.

Cualquier otra documentación que el solicitante considere de interés o se le requiera en caso necesario, para resolver su solicitud.

En ese caso, se deberá presentar igualmente el Modelo 100 de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que  se facilita en la Web o las oficinas de la Agencia Tributaria.